Cada diciembre, miles de trabajadores hondureños esperan con entusiasmo la llegada del aguinaldo, un beneficio que representa alivio económico y recompensa al esfuerzo de todo un año.
Sin embargo, cuando el pago no se realiza dentro del plazo legal, surgen dudas sobre los derechos y las acciones que se pueden tomar ante este incumplimiento.
El aguinaldo en Honduras: una obligación patronal respaldada por ley
El aguinaldo, también llamado Décimo Tercer Mes de Salario, no es un bono opcional ni un gesto de buena voluntad del empleador. Se trata de un derecho laboral establecido en la Constitución de la República (Artículo 128, numeral 10) y en la Ley del Séptimo Día y Décimo Tercer Mes en Concepto de Aguinaldo.
Este pago equivale a un mes de salario y debe entregarse cada año a los trabajadores del sector público y privado. Además, está libre de impuestos y deducciones, salvo cuando se utiliza para cumplir con obligaciones alimenticias.
Fecha límite para el pago del aguinaldo
La legislación hondureña establece que el aguinaldo debe pagarse antes del 20 de diciembre. Si el patrono no cumple, incurre en una falta grave y puede ser sancionado por la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social (STSS).
Los trabajadores pueden presentar una denuncia formal ante esta institución, que tiene la facultad de imponer multas económicas y ordenar el pago inmediato del beneficio. En casos reiterados, el empleado incluso puede solicitar la terminación del contrato con derecho a indemnización.

Cálculo y pago proporcional
Si el trabajador no ha cumplido un año completo de labores, el pago se calcula de forma proporcional.
La fórmula es sencilla:
(Días trabajados × Salario diario) ÷ 360.
Esto aplica también para quienes renuncian o son despedidos antes del cierre del año.














