Los conductores de motocicletas que circulen en Honduras deberán cumplir de manera obligatoria con el uso del chaleco reflectivo reglamentario, una disposición que comenzará a ser sancionada durante los operativos de control vial, informó la Dirección Nacional de Vialidad y Transporte (DNVT).
La medida se sustenta en una reforma a la Ley de Tránsito, específicamente por adición al artículo 99, numeral 28, la cual establece como requisito obligatorio que conductores y pasajeros de vehículos motorizados de dos o tres ruedas porten bandas reflectivas o distintivos visibles. Esta normativa aplica para motocicletas, motonetas, bicimotos y otros vehículos similares.
¿Cómo debe ser el chaleco reflectivo en Honduras?
Según la DNVT, el distintivo debe presentarse en forma de arnés o chaleco que incorpore material reflectivo en colores anaranjado, rojo o blanco, con el objetivo de facilitar la identificación de los motociclistas en la vía pública, especialmente en condiciones de poca iluminación.
Horario en el que es obligatorio
El uso del chaleco reflectivo será exigido desde las 6:00 de la tarde hasta las 6:00 de la mañana, periodo en el que se incrementan los riesgos de accidentes debido a la baja visibilidad.
Multa por incumplimiento
El no acatar esta normativa será considerado una falta menos grave y conlleva una multa de 400 lempiras, conforme a lo establecido en la Ley de Tránsito. La DNVT advirtió que los operativos se realizarán de forma permanente en distintos puntos del país.
Cabe mencionar que la primera infracción será sancionada con una multa de 400 lempiras; la segunda, con 600 lempiras, y la tercera, con el decomiso de la licencia.
Medida busca reducir accidentes
Las autoridades explicaron que esta disposición forma parte de una estrategia de prevención y seguridad vial, impulsada desde enero de 2026, orientada a disminuir los accidentes de tránsito y proteger la vida de conductores y peatones.












